Las nuevas normas restrictivas para Salamanca Febrero 2021

La Jcyl ya tiene sobre la mesa las nuevas normas restrictivas posibles que se aplicarán en Salamanca, febrero 2021, por el brutal y descontrolado aumento de contagios Covid-19, en Salamanca, capital y provincia.Las posibles normas son

–Se suspende la apertura al público de bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales, salvo para la prestación de los siguientes servicios mínimos, como son los archivos, para la atención de investigadores con reserva previa de puesto en sala, con un aforo limitado al 15 % de la capacidad de cada sala, y las bibliotecas, para el servicio de préstamo y devolución de obras, con cita previa.

  1. -Se suspende la apertura al público de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares así como otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.
  2. -Se suspende la apertura al público de los centros de ocio infantil.
  3. -Se suspende la apertura al público de centros de interpretación y aulas de la naturaleza.
  4. -Se suspende la realización de actividades de tiempo libre en instalaciones, centros o espacios cerrados.
  5. -Se suspende la apertura al público de las atracciones de ferias.
  6. -Se suspende la apertura al público de la actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas.
  7. -Se suspende la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal.
  8. No se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.

–La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de tres personas, salvo que se trate de convivientes.

–En espacios de uso privado, la limitación establece también un máximo de tres personas salvo que se trate de convivientes.

–Sobre la limitación de permanencia de personas en lugares de culto, las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que, respetándose las medidas generales de prevención, no se supere un tercio de su aforo ni un máximo de quince personas.

-Recordando que estas restricciones ya se han llevado a cabo en otras ciudades de la comunidad.

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