Prórroga de las restricciones en Salamanca 23 febrero 2021

La Consejería de Sanidad de la JCYL ha anunciado la prórroga de las restricciones anti-covid que tendrá Salamanca hasta el 23 de febrero. Los detalles son

–Suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales(de momento hasta el 23 de febrero 2021) definidos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, con las siguientes excepciones:

–Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías, tintorerías y lavanderías y  sucursales bancarias, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos.

–Establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior.

–Los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo, en el que están incluidos sus trabajadores y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se respeta en el interior, debiendo asimismo establecer procedimientos que permitan el recuento y el control de aforos.

-Recordando que NO se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales; también deberán estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares.

–La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.

En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.

Se suspenden todas las actividades de restauración en interiores(de momento hasta el 23 de febrero 2021) permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con las siguientes excepciones:

–Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

–Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

–Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

–Otros servicios de restauración en centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración en centros de trabajo, destinados a las personas trabajadoras.

–Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas(de momento hasta el 23 de febrero 2021) convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada, que no sean al aire libre.

–Sin ovidar que NO se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.

Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas(de momento hasta el 23 de febrero 2021).

–Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más específica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos y el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.

–La Comunidad mantiene, en el marco temporal establecido por el  Real 926/2020, la limitación indefinida de la entrada y la salida de personas del conjunto territorial castellano y leonés y entre todas y cada una de sus provincias, con las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta.

–Asimismo, continúa vigente el toque de queda entre las ocho de la noche y las seis de la mañana (20.00h y las 06.00 horas)

-Se establece la limitación a cuatro personas de la participación en reuniones, ya éstas sean en espacios de uso público o privado; y la reducción del aforo en lugares de culto a un tercio de su capacidad, con un máximo de veinticinco asistentes.

–Sin olvidar las multas que se pueden imponer por romper todas estas “advertencias” que van desde los 100 euros a los 3.000 euros.

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