Nuevos cambios en la desescalada en Salamanca junio 2021

 La ciudad de Salamanca ha dado un paso mas contra la desescalada, en este mes de junio 2021,  y estos son los nuevos cambios en las restricciones que ha dado al pasar a nivel 2

-Se amplia el horario del interior de los bares hasta la 1:00 horas, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

-No habrá consumo en barra aún.

–Además también abrirán los centros de ocio para mayores.

— Según las restricciones que tenían pensadas por la Junta de Castilla y León en el nivel 2 de alerta no habría limitación horaria para las terrazas, cumpliendo la normativa acordada con el Ayuntamiento de Salamanca, que es de junio a octubre a la 1:30 horas los días laborales y a las 02:30 las noches de viernes, sábados, domingos y vísperas de festivos.

-En definitiva, los principales cambios en las restricciones, que ha dado a conocer la Consejería de Sanidad de Castilla y León, y que entran en vigor a partir del mes de junio 2021 son las siguientes:

-La ocupación máxima por mesa o agrupación aumenta en los bares y restaurantes, pasando de las seis personas actuales hasta las 10 personas como máximo, tanto en interior como en terrazas.

–Por otro lado, también se incrementa el horario del interior de los bares, que se equipara al de las terrazas.

–Así, los establecimientos hosteleros podrán estar abiertos hasta las 01:00 horas, sin poder admitir a más clientes a partir de las 00:00 horas.

–En las restricciones que se mantienen se encuentran el no poder consumir en barra o de pie -y así será hasta el Nivel 1- y las limitaciones del 75% en salas de hasta 40 personas; de 30 personas en las salas de 41 a 60 comensales; y del 50% en las salas de más de 60 personas.

–Recordando que se mantiene la prohibición de bufets o autoservicios ,salvo cuando el autoservicio solo incluya productos envasados, así como los cócteles, o similares.

–Por su parte, las discotecas y establecimientos de ocio nocturno seguirán cerrados hasta el Nivel 1, cuando podrán abrir con un tercio del aforo.

–Lo mismo ocurre con las peñas y locales de amigos, que tampoco podrán abrir sus puertas hasta alcanzar la nueva normalidad.

–Alojamientos turísticos y casas rurales

–La principal novedad es que los albergues turísticos ven incrementada su capacidad, puesto que el aforo pasa de un tercio al 50%.

–Por su parte, el aforo de las zonas comunes de los alojamientos turísticos, como los hoteles, aumenta al 50%. Y las actividades de animación o clases grupales podrán contar con un máximo de 10 personas incluyendo los monitores.

–En cuanto a las casas rurales, así como los alojamientos turísticos no hoteleros, se mantiene el aforo máximo hasta diez personas de, como mucho, dos grupos de convivencia.

–Instalaciones y centros deportivos donde no haya actividad oficial, como gimnasios

–Dos son los cambios fundamentales.

-Primero, se abren las duchas y vestuarios, aunque deberá realizarse un control para asegurar las medidas de distancia e higiene y prevención

-Segundo, crece el aforo de las instalaciones deportivas y centros deportivos hasta un máximo del 60% al aire libre y 50% en espacios cerrados.

–Eso sí, en las actividades grupales y colectivas, el máximo de participantes será de 10 personas en espacios cerrados y 15 al aire libre.

–Piscinas, spas y balnearios

–El aforo máximo en piscinas (que en Salamanca abren el próximo sábado 12), spas y balnearios al aire libre será del 75%, mientras que si son piscinas cubiertas o recintos cerrados el aforo será del 50%.

–Bodas y velatorios

–En plena época de bodas llega el cambio de nivel.

–Y esto supone que más invitados podrán asistir, ya que de realizarse al aire libre, podrán tener un aforo del 50% siempre que sean al aire libre.

–En el interior, eso sí, se sigue manteniendo un tercio como máximo.

–Mientras, los aforos de los velatorios también aumentan.

–El máximo de asistentes en espacios cerrados podrá ser de la mitad y la comitiva podrá estar formada por un cincuenta personas entre familiares y allegados ,en el Nivel 3 la comitiva como máximo podía ascender a 10 personas, además de la persona que oficie el acto de despedida del difunto. En espacios abiertos no se establecen otras limitaciones que las derivadas de garantizar la distancia de seguridad.

–Establecimientos y locales comerciales que no formen parte de un centro o parque comercial

–En esta ocasión no varía el aforo de los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales, que se mantiene en el 50% siempre y cuando se pueda mantener la distancia de seguridad. Cuando no, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.

–Centros y parques comerciales

–La cara de la moneda, puesto que aquí el aforo sí que aumenta, pasando de un tercio al 50% en zonas comunes y recreativas.

–También en las tiendas y establecimientos, aunque al igual que en los que no formen parte de los centros comerciales, si no se puede mantener la distancia de seguridad, solo podrá haber un cliente por local.

–Eventos taurinos

–No varía el aforo de las plazas y recintos taurinos, que continuarán al 50% de su capacidad siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

–Se sigue sin permitir el consumo de alimentos mientras dure el festejo.

–Locales de juego y apuestas

–Se aumenta la capacidad de los mismos, hasta el 50% y una ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas de seis personas, y como la hostelería, podrán cerrar a las 01:00 horas, sin poder admitir a más clientes a partir de las 00:00 horas.

–Mercadillos como el Rastro o mercados de ganado

–El aforo de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, como el Rastro, las ferias comerciales al aire libre, los mercados de ganado y los entes feriales no aumenta pese a cambiar de nivel, y sigue fijado en el máximo del 50%.

–Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación

–En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación el aforo aumenta hasta el 50%, aunque se sigue recomendando la enseñanza telemática. No varía ningún aspecto más.

–Congresos, reuniones de negocios y conferencias

–Ya no se recomienda la realización telemática de los mismos, aunque se limita el aforo al 50% con un límite de 30 asistentes como máximo. También se recomienda evitar aglomeraciones en zonas de descanso.

–Atracciones de feria

–Aumenta el horario para las atracciones de feria, que podrán abrir hasta las 01:00 horas pero no podrán admitir clientes a partir de las 00:00 horas.

–En lo que al foro respecta, no varía, y sólo se podrá ocupar un máximo del 50% en cada fila y, de ser una atracción sin asientos, el 50% del aforo.

–Eso sí, cuando todas las personas usuarias residan en el mismo domicilio, podrán ser utilizados todos los asientos del elemento.

–Bibliotecas y archivos

–En las bibliotecas el aforo aumenta hasta el 75% de su capacidad habitual, mientras que en los archivos se mantiene del 50%.

–Los fondos utilizados deberán permanecer en cuarentena 72 horas antes de volver a ser utilizados nuevo.

–Museos y salas de exposiciones

–También aumenta el aforo en los museos y las salas de exposiciones hasta el 75%. Igualmente se aplicará en aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos. No se establecen límites ,según la guía, a las visitas de grupos.

Monumentos y otros equipamientos culturales

–Al igual que en los museos, el aforo en los monumentos se incrementa hasta el 75% de su capacidad habitual, y no se habla de que haya un máximo en las visitas de grupos.

Cines, teatros, auditorios y circos

–El aforo en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas vuelve a crecer del 50% al 75%.

–Eso sí, se deberá mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia, y las entradas continuarán siendo numeradas y los asientos serán preasignados.

–Igualmente, en el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas o deportivas distintos, el aforo aumenta hasta el 50% de lo habitual con un límite máximo de 250 personas en espacios cerrados y 500 al aire libre. Es decir, más del doble de lo que había hasta ahora.

–Centros de ocio infantil

–El aforo se incrementa hasta el 50%, aunque debe garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, en particular evitando aglomeraciones de personas en la entrada o salida del local, o dentro del mismo.

–Práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional

–Se dejan de prohibir las modalidades con contacto físico continuado, es decir, las de lucha y combate.

–Eso sí, el uso de mascarilla será obligatorio en todas las modalidades donde pueda existir contacto físico.

–Actividades de naturaleza y turística

–Podrá realizarse la actividad de guía turístico, así como la de turismo activo, para grupos, con un máximo de 15 personas, incluido el monitor o guía.

–Centros de interpretación y visitantes, aulas de la naturaleza y puntos de información

–El aforo máximo se mantendrá en el 50% en centros de interpretación y visitantes, aulas de la naturaleza y puntos de información

–Realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil

–Cuando se desarrollen al aire libre, estas actividades podrán tener un 50% de su asistencia máxima habitual con un máximo de 200 participantes incluyendo los monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, será el 50% de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 100 participantes incluidos los monitores.

–Otros locales o establecimientos comerciales y otros eventos y actividades

–Con carácter general, cualquier otro local o establecimiento comercial para el que no se recojan expresamente unas condiciones de aforo podrá operar a un máximo del 50% de su capacidad.

–Centros, servicios y establecimientos de servicios sociales

–Se retoma las residencias y centros de día públicos y privados de personas mayores y de personas con discapacidad, así como los centros de día públicos y privados de menores, con un máximo de 10 personas en las actividades grupales, extremando las medidas de seguridad e higiene, evitando el transporte compartido y sin comedor.

–En cuanto a los centros residenciales públicos y privados de protección y reforma de menores, empezarán a funcionar de acuerdo con la Guía de actuaciones durante la alerta sanitaria en los centros específicos protección a la infancia en Castilla y León.

–Tampoco hay cambios en los puntos de encuentro familiar, que mantendrán una actividad presencial con cita previa, aunque sí que se elimina el máximo de una familia por estancia o espacio en las visitas presenciales, así como actividad en modo telemático.

–Por su parte, las residencias juveniles y los albergues y espacios jóvenes mantienen un aforo del 50%.

 

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