La nueva edad de jubilación a partir del 1 de enero de 2025

Nada más entrar en el próximo año 2025, 1 de Enero, toda y todo aquel que quiera jubilarse tendrá que tener los siguientes nuevos requisitos, según la Seguridad Social.Los detalles son

-A partir del 1 de enero de 2025, la edad ordinaria de jubilación legal se situará en los 66 años y 8 meses, es decir, que aumentará en dos meses con respecto a la actual edad de retiro fijada en los 66 años y seis meses.

-Por otro lado, aquellos que quieran jubilarse a los 65 años deberán tener más años cotizados, concretamente deberá deberán tener como mínimo 38 años y tres meses de cotización a la Seguridad Social.

-Esta subida tanto de la edad ordinaria como de los años de cotización necesarios para retirarse a los 65 años se debe a la Ley 27/2011.

-Hasta su puesta en marcha en 2013, solo existía una edad de jubilación fijada en los 65 años.

-Sin embargo, debido a que el sistema público de pensiones estaba cada vez más tensionado, y con la previsión de la llegada de la generación del baby boom (nacidos entre 1957 y 1977), se estableció que deberían coexistir dos edades de retiro.

-Así, esta norma buscaba aumentar cada año la edad de jubilación a la vez que se incrementaban los años de cotización necesarios para retirarse a los 65 años. De esta forma, dependiendo de los años de cotización acumulados a lo largo de la vida laboral, la edad de jubilación podría variar.

-Por ello, en 2025, la edad de jubilación se situará en los 66 años y 8 meses, pero si se cuenta con al menos 38 años y 3 meses cotizados la edad se mantendrá en los 65 años.

-Este cambio afectará al resto de modalidades de jubilación y sus correspondientes edades como la anticipada o la parcial, que en cada caso será muy distinto

-De esta forma, los trabajadores que se jubilen en 2025 a la edad ordinaria y tengan 36 años y seis meses cotizados tendrán derecho al 100 por 100 de la base reguladora

-Y sin olvidar que esto  no es aplicable a las jubilaciones anticipadas, ya que tal y como recoge la Ley General de la Seguridad Social estas modalidades conllevan recortes en la pensión que pueden ir desde el 0,5% y hasta el 30% en función de los meses adelantados y el total de años cotizados.

 

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