El Gobierno limita la subida del gas, pero los hogares tendrán que devolver después el coste ¿Cómo será la devolución?
La nueva protección de la tarifa regulada del gas evita que millones de hogares afronten de golpe una subida superior al 45%, pero introduce una importante diferencia respecto a las medidas aplicadas durante la crisis energética de 2022: esta vez, el coste del alivio no recaerá directamente sobre los Presupuestos Generales del Estado. La cantidad que se deje de pagar ahora quedará pendiente de recuperación y llevará asociado un coste financiero.
Más de 3,1 millones de hogares acogidos a la tarifa de último recurso, la conocida como TUR, quedan afectados por este mecanismo. En la práctica, la fórmula permite contener la subida inmediata de la factura, pero convierte parte de esa diferencia en una cantidad que tendrá que recuperarse posteriormente a través de las propias tarifas.
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La TUR vuelve a quedar protegida ante la subida del gas
La escalada de los precios energéticos provocada por la crisis de Oriente Medio ha llevado de nuevo al Gobierno a intervenir sobre la tarifa regulada del gas. La medida llega después de que, en 2022, durante la crisis energética derivada de la guerra de Ucrania, el Ejecutivo ya recurriera a distintos mecanismos para contener el coste de la TUR.
Aquella intervención tuvo un componente esencialmente presupuestario. El Estado destinó recursos públicos para compensar a las empresas y evitar que todo el incremento del precio internacional del gas llegara inmediatamente a los consumidores.
Ahora el planteamiento es diferente.
El Ejecutivo ha decidido limitar temporalmente el impacto de la subida sobre la TUR, pero la diferencia entre el precio que habría resultado de aplicar la fórmula ordinaria y el precio finalmente repercutido al consumidor no desaparecerá. Esa cantidad quedará pendiente y se recuperará posteriormente.
Según explicó el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, sin la intervención del Gobierno la TUR habría experimentado una subida superior al 45%. Con el mecanismo aprobado, el incremento queda limitado durante esta primera fase.
¿Qué se está limitando realmente en la factura?
Para entender la medida es necesario distinguir entre el precio total que paga un hogar y uno de los componentes utilizados para calcular la TUR.
La tarifa regulada incluye diferentes conceptos. Entre ellos se encuentra el término relacionado con el coste de la materia prima, es decir, el precio del gas adquirido en los mercados internacionales. Este componente tiene un peso relevante en la factura y es precisamente sobre el que actúa la nueva medida.
La regulación aprobada limita el aumento de este término para evitar que la subida internacional se traslade íntegramente al recibo de los consumidores.
En concreto, el real decreto establece un límite para la revisión de octubre y otro para la de enero de 2027. De esta forma, la evolución del componente de materia prima queda temporalmente contenida.
Esto no significa, sin embargo, que el precio final del recibo quede congelado ni que toda la factura pueda subir únicamente en esos porcentajes. El límite afecta a ese componente concreto de la TUR.
La diferencia que se genera entre el coste real que habría correspondido aplicar y el coste finalmente trasladado al consumidor es la que posteriormente tendrá que recuperarse.
El ahorro de ahora se convierte en una deuda pendiente
Esta es la principal novedad del sistema.
Durante los próximos meses, los consumidores pagarán menos de lo que habrían pagado si se hubiera trasladado íntegramente el aumento del coste de la materia prima. La diferencia será adelantada inicialmente por las comercializadoras de último recurso.
Posteriormente, esas empresas recuperarán las cantidades a través de las sucesivas revisiones de la TUR.
Por tanto, no se trata de una rebaja permanente del precio del gas. Es, en la práctica, un mecanismo de aplazamiento de parte de la subida.
Las cifras que manejan fuentes del mercado sitúan la cantidad pendiente de recuperación en varias decenas de millones de euros durante los últimos meses de 2026. El importe final dependerá de la evolución del precio del gas, del consumo y de cómo se desarrolle el mecanismo durante las siguientes revisiones.
La consecuencia es que parte del coste que no aparece ahora en la factura podrá hacerlo más adelante.
La cantidad pendiente se recuperará con intereses
El mecanismo no contempla únicamente la devolución de la diferencia aplazada.
La normativa establece también un coste financiero asociado a esas cantidades pendientes. Es decir, el consumidor no solo tendrá que asumir el importe que inicialmente se dejó de repercutir, sino también la retribución financiera que corresponda durante el periodo de recuperación.
Esto supone una diferencia sustancial respecto a una subvención directa. En una ayuda a fondo perdido, el consumidor recibe un descuento que no tiene que devolver. En este caso, la cantidad simplemente queda pendiente de recuperar.
El sistema establece que las cantidades se irán incorporando a la tarifa hasta completar su recuperación.
Y existe otro detalle relevante: mientras permanezcan cantidades pendientes, el mecanismo puede limitar la posibilidad de que el consumidor perciba íntegramente en la tarifa futuras bajadas de ese componente.
¿Qué ocurre si el precio del gas baja?
Es una de las principales incógnitas para los consumidores.
En principio, una caída de los precios internacionales debería aliviar el coste de la materia prima y favorecer una reducción de la TUR. Sin embargo, la existencia de cantidades pendientes de recuperación modifica ese escenario.
La normativa establece que mientras exista deuda acumulada no podrá reducirse el valor del término de materia prima en determinadas condiciones, ya que antes deberán recuperarse las cantidades que hayan quedado pendientes.
En otras palabras, una bajada del precio internacional del gas no tiene por qué traducirse inmediatamente en una bajada equivalente de la factura de los consumidores afectados por este mecanismo.
La prioridad durante el periodo establecido por la norma será recuperar la cantidad que se haya aplazado.
Por eso, para un hogar acogido a la TUR, una eventual reducción de los precios internacionales en los próximos meses no supondrá necesariamente que desaparezca de inmediato el coste acumulado.
Cambiarse al mercado libre no elimina la deuda
La nueva regulación también contempla qué ocurre cuando un consumidor decide abandonar la tarifa regulada.
La posibilidad de cambiar de la TUR al mercado libre sigue existiendo, pero el cambio de contrato no permite evitar automáticamente la cantidad pendiente de recuperación.
El real decreto establece que aquellos consumidores que abandonen la TUR antes de que se haya recuperado completamente la cantidad adeudada tendrán que abonar la parte de deuda que les corresponda a su comercializadora de último recurso.
La norma fija un sistema para calcular ese importe en función del escalón de consumo del cliente y de la energía facturada durante el periodo correspondiente.
De esta manera, un hogar que decida cambiarse a una tarifa del mercado libre no puede entender que, al abandonar la TUR, desaparece la cantidad acumulada.
La deuda vinculada al mecanismo debe liquidarse conforme a lo establecido en la regulación.
Las comercializadoras tendrán que informar al Gobierno cada mes
El Ejecutivo ha establecido además un sistema de control para conocer en todo momento cuánto dinero queda pendiente de recuperar.
Las comercializadoras de último recurso tendrán que enviar información periódica al Ministerio para la Transición Ecológica y, en concreto, a la Dirección General de Política Energética y Minas.
Los informes deberán recoger datos sobre el número de clientes afectados, el volumen de gas facturado y las cantidades que se hayan generado mediante este mecanismo.
También tendrán que informar de los consumidores que abandonen la TUR y de las cantidades que se les hayan facturado por la deuda correspondiente, incluso aunque finalmente no hayan sido cobradas.
La información deberá remitirse con carácter mensual y servirá para determinar cómo evoluciona la cantidad pendiente de recuperación.
De esta manera, la Administración podrá seguir la evolución del mecanismo y conocer cuánto dinero ha sido aplazado y cuánto queda todavía por recuperar.
¿Puede cortarse el suministro por no pagar?
El punto que probablemente más preocupa a los hogares es qué ocurre en caso de impago.
La nueva regulación establece que las cantidades adeudadas quedan sometidas al régimen previsto para los impagos de gas natural. Eso significa que, en determinadas circunstancias, la falta de pago puede acabar desembocando en la suspensión del suministro.
No se trata, por tanto, de una deuda sin consecuencias.
Ahora bien, el suministro no se corta automáticamente en el momento en que aparece una cantidad pendiente. La normativa general establece un procedimiento previo, con requerimientos de pago y determinados plazos que deben cumplirse antes de llegar a la interrupción.
En el caso de los consumidores domésticos, la regulación exige que previamente se haya realizado el correspondiente requerimiento fehaciente de pago y que transcurra el plazo previsto sin que se haya abonado la deuda.
Por tanto, el real decreto abre la posibilidad de aplicar el régimen de impagos a esta cantidad, pero eso no significa que los hogares pierdan inmediatamente el suministro por no pagar una factura.
Una fórmula distinta a la utilizada durante la crisis de 2022
La diferencia con las medidas adoptadas durante la crisis provocada por la guerra de Ucrania resulta especialmente importante.
En 2022, el Estado asumió una parte significativa del coste de contener la tarifa regulada mediante recursos presupuestarios. Ahora, el Ejecutivo ha optado por trasladar el coste al propio sistema tarifario.
El objetivo es evitar un fuerte incremento inmediato de la TUR, pero a cambio de generar una cantidad pendiente de recuperación.
La fórmula permite repartir el impacto en el tiempo, de manera que los consumidores no soporten de golpe toda la subida del precio del gas. Sin embargo, también significa que parte del coste llegará más adelante a las facturas.
Desde el sector energético ya se ha comparado el mecanismo con el concepto de déficit de tarifa que se generó durante años en el sistema eléctrico, aunque existen diferencias importantes entre ambos modelos y la dimensión de la deuda del gas es mucho menor.
Qué significa para los hogares acogidos a la TUR
Para los más de tres millones de hogares que utilizan la tarifa regulada, la idea fundamental es sencilla: el Gobierno ha puesto un límite temporal a la subida de uno de los componentes de la TUR para reducir el impacto inmediato del encarecimiento del gas.
Pero la diferencia no desaparece.
Parte de esa subida queda pendiente de recuperar, las cantidades acumulan un coste financiero y la deuda seguirá vinculada al mecanismo hasta que se complete su amortización.
Además, abandonar la TUR antes de tiempo no permite eludir automáticamente el pago de la cantidad pendiente. Y en caso de impago, la normativa permite aplicar el procedimiento previsto para la suspensión del suministro, siempre que se cumplan los requisitos y plazos establecidos.
Por tanto, la nueva medida puede resumirse como un aplazamiento de una parte de la subida más que como una ayuda económica en sentido estricto.
Los consumidores tendrán un alivio inmediato en sus facturas durante la actual escalada de precios, pero una parte de ese coste reaparecerá posteriormente. La magnitud final dependerá de cuánto se mantenga la presión sobre los precios del gas y de cómo evolucionen las próximas revisiones de la tarifa regulada.