Establecimientos que abren después de las ocho en Salamanca febrero2021
La JCYL ha dado a conocer los establecimientos que SI abren después de las ocho de la noche,20.00h, en Salamanca durante este mes de febrero 2021.Los detalles son
–Como excepciones a esta limitación horaria, el cierre a partir de las 20 h no será de aplicación en los siguientes tipos de establecimientos, actividades y servicios
-Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
-Los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida; y servicios de naturaleza análoga.
-Los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción.
-Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.
-Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
-Velatorios.
-Práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.
-Servicios profesionales, de seguros y de empleados de hogar.
-Servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.
-Centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación.
-Las universidades, de acuerdo con sus protocolos
-Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
-Escuelas municipales de música y danza.
-Las actividades de restauración permitidas
-Recordando el seguimiento y control de las actuaciones que componen el marco normativo vinculado al nivel de alerta sanitaria por la COVID-19 decretado en la Comunidad se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondiéndoles a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto, la vigilancia, inspección y control de su cumplimiento.